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viernes, 3 de octubre de 2014

ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL




            Como su palabra lo expresa ARBITRAJE, automaticamente nuestro cerebro imagina algo como una campo grande de cesped, un balon, y dos equipos diferentes que aspiran ganar, y un individuo que establece LAS REGLAS, Y SANCIONES del juego! todo esto no esta muy separado de la realidad internacional.




                                      




        Y es tanto desde el punto de vista nacional como internacional privado ha tenido buena acogida por el recelo, gastos, y demoras que producen los procesos judiciales Cuando el contrato que contenga  el compromiso de arbitraje no este  conectado con el elemento de extranjería, no hay la  menor duda que  el derecho que  regulara  las  condiciones por  las  cuales  ha de  regirse el compromiso o clausula  arbitral y las  normas  imperativas de procedimiento a que  los  árbitros deben sujetarse, será aquel  con el cual esté  conectado y podríamos hablar  de un arbitraje  interno.

      Pero la situación es diferente si el arbitraje aparece conectado con diferentes legislaciones, existirá el conflicto de leyes respecto a la posibilidad del compromiso o clausula compromisoria, en cuanto al procedimiento propiamente dicho y a la ejecución del laudo en un país distinto a aquel en cual se dicto. 

     La  capacidad  para  comprometerse en arbitraje  se determina  por el estatuto personal, ley de  ,la nacionalidad  o del domicilio según el caso, de  cada  una de  las  partes. La forma regirá el principio “locus regit actun”, ley del lugar del otorgamiento del compromiso y el fondo por el principio de la autonomía de la voluntad.






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